Acuerdo A/001/26 por el que se implementa el Sistema Electrónico Institucional denominado Sistema de Actas… · Capitulo III — DEL PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN
Artículo 23
Artículo 23. Una vez que el Acta administrativa de entrega y recepción sea validada formalmente en todas sus partes por el Órgano Interno de Control, éste establecerá la fecha y hora en la que las personas participantes procederán a firmar de forma electrónica con la utilización del usuario y contraseña, iniciando con la persona servidora pública saliente, después la entrante o la designada de manera provisional para recibir, quienes fungen como los testigos y por último la persona representante del Órgano Interno de Control.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- FIRMAS, LAS EXPRESIONES QUE APAREZCAN DESPUES DE LAS, CARECEN DE VALOR PROBATORIO. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- DEMANDA TELEGRAFICA. (s/clave)
- COPIAS CERTIFICADAS. (s/clave)
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