Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la C · Titulo VI — COOPERACIÓN
Artículo 33
Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 33
Cooperación en materia de información
y comunicación
Las Partes acuerdan fomentar el intercambio y la divulgación de información e iniciar y apoyar actividades de interés común en el ámbito de la información y de la comunicación.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DOCUMENTOS PUBLICOS. (s/clave)
- ACTOS POLITICOS. (s/clave)
- OPINIONES DE LAS AUTORIDADES. (s/clave)
- ACTUACIONES JUDICIALES. LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS POR LAS PARTES NO LAS CONSTITUYEN. (s/clave)
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
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