Acuerdo por el cual se publica el Reglamento de Estudios de Posgrado del Centro de Investigaciones Biológicas… · Capitulo III — Requisitos de ingreso, permanencia y egreso al Programa de Estudios
Artículo 30
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 30. Requisitos para la Obtención del Grado de Doctor en Ciencias.
Los requisitos para la obtención del grado de Doctor en Ciencias son los siguientes:
a. Cumplir con lo establecido en el Plan de Estudios y su Plan de Trabajo Individual (PTI) (Arts.
49 y 50 inciso b), acreditando un mínimo de 36 créditos en actividades académicas, 209
créditos por el trabajo de investigación de la tesis doctoral y 13 créditos por la defensa del
trabajo de tesis, haciendo un total de 258 créditos.
b. Cumplir al menos con un año de residencia en el CIBNOR.
c. Aprobar el examen predoctoral.
Av. Instituto Polissienico Nacional No. 195. Playa Palo de Santa Rita Sur, CP. 23096. La Paz, B.C.S., México,
Tel: 152) 612. 123 8484 www.cdbnor.gob.mx
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d. Presentar al menos dos publicaciones como primer autor de acuerdo con lo señalado en el
Artículo 41 de este Reglamento; estas publicaciones deberán estar basadas en los resultados
de su trabajo Doctoral.
e. Obtener la carta de aprobación por el Director o Co-Directores de tesis y el acta de liberación
del documento de tesis por el Comité Revisor (Art. 38).
f. Enviar a la Dirección de Estudios de Posgrado la versión digital final aprobada de la tesis.
g. Aprobar el examen de defensa de la tesis de doctorado, ante los miembros del jurado que
para tal efecto fueron designados, en presentación oral en la fecha acordada por el
Departamento de Control Escolar, el alumno y el Director de tesis. Dicha defensa deberá ser
pública. En caso de no aprobar, el estudiante tendrá un lapso de hasta seis meses para
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Av. Instituto Politecnico Nacional No. 155. Play Paio de Santa Rita Sur, CP. 25096, La Paz, В.С.S., Mexica.
70 0843000
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CAPÍTULO IV. Requisitos académicos y trámites escolares.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROFESIONES. LA CARRERA DE LICENCIADO EN CIENCIAS SOCIALES, REQUIERE TITULO PARA SU EJERCICIO. (s/clave)
- PROFESIONES. LA CARRERA DE LICENCIADO EN CIENCIAS SOCIALES, REQUIERE TITULO PARA SU EJERCICIO. (s/clave)
- ESCUELAS LIBRES. REVALIDACION DE ESTUDIOS. (s/clave)
- UNIVERSIDAD AUTÓNOMA "BENITO JUÁREZ" DE OAXACA. EL CONSEJO TÉCNICO DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES ES EL SUPERIOR JERÁRQUICO DEL COORDINADOR GENERAL DE ESTUDIOS DE PO (XIII.1o.28 A)
- UNIVERSIDADES. LA VIOLACIÓN AL CICLO ESCOLAR SÓLO ES OPONIBLE A SUS ALUMNOS HASTA ANTES DE LA APROBACIÓN DEL EXAMEN PROFESIONAL. (I.7o.A.228 A )
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