Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CÓDIGO ADMINISTRATIVO

Artículo 2.72

Ordenamiento: CÓDIGO ADMINISTRATIVO · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2.72. Derogado.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 2.71Índice de la leyArt. 2.72 Bis →

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-08-03)

Artículo 2.72.- Las infracciones a lo previsto en este Título serán sancionadas el Instituto de

Salud del Estado de México a través de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios

del Estado de México en los términos siguientes:

I. Con multa equivalente de cuarenta a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y

Actualización vigente al momento de cometer la infracción, la violación a lo dispuesto en los

artículos 2.64, en caso de no exhibir la licencia en un lugar visible, y 2.65.

II. Con multa equivalente de cincuenta a quinientas veces el valor diario de la Unidad de

Medida y Actualización vigente al momento de cometer la infracción, la violación a lo dispuesto

en el artículo 2.53.

III. Con multa equivalente de doscientas cincuenta a dos mil veces el valor diario de la Unidad

de Medida y Actualización vigente al momento de cometer la infracción, la violación a lo dispuesto

en el artículo 2.55.

IV. Con multa equivalente de mil a cuatro mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y

Actualización vigente al momento de cometer la infracción, en caso de no contar con la licencia

a que se refiere el artículo 2.64, y la violación al artículo 2.65 fracción III.

El Instituto de Salud del Estado de México por conducto de la Comisión para la Protección

contra Riesgos Sanitarios del Estado de México, mediante disposiciones generales podrá

implementar programas para fomentar el cumplimiento de la normatividad sanitaria mediante la

exención del pago de multas.

V. Derogada.

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis