Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo Transitorio 1930 DEL C
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 1930 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES”.]
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ESTADO CIVIL. (s/clave)
- APLICACION DE LA LEY. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- LEYES APLICACION DE LAS. (s/clave)
- AMPARO CONTRA ACTOS JUDICIALES. (s/clave)
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