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Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · Libro PRIMERO — DE LAS PERSONAS · Titulo QUINTO — (REFORMADA SU DENOMINACION, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2000) · Capitulo I — (REFORMADA SU DENOMINACION, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2000)

Artículo 132

Ordenamiento: Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · Ámbito: San Luis Potosí
Última reforma: 2026-03-17

Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ART. 132.- (DEROGADO 18 DE DICIEMBRE 2008)

Fuente oficial: consultar publicación

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