Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 24
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 24.- ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO. Supuesta la
existencia del acto jurídico para que éste sea válido se requerirá:
I.- La capacidad en el autor o autores del acto;
II.- La ausencia de vicios en la voluntad;
III.- La licitud en el objeto, motivo, o fin del acto; y
IV.- La forma, cuando la Ley así lo declare.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACTOS JURIDICOS. (s/clave)
- ACTAS, VALIDEZ DE LAS. (s/clave)
- ACCION, FUNDAMENTOS DE LA. (s/clave)
- NULIDAD DE UN ACTO DE AUTORIDAD. (s/clave)
- FUNDAMENTACION Y MOTIVACION. ACTOS DE AUTORIDADES. (IV.3o.92 K)
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