Código de Justicia Militar · Libro derogado — DOF 16-05-2016 · Titulo derogado — DOF 16-05-2016 · Capitulo IV — Bis denominado “Traición a las Fuerzas Armadas Mexicanas”, al Título Octavo del Libro Segundo del Código de Justicia Militar, adicionando los artículos 275 Bis y 275 Ter, para quedar como sigue:
Artículo Transitorio QUINTO
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Quinto.- Las acciones que, en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto, deberán cubrirse en función de los ingresos disponibles conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación ya las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
México, D.F., a 30 de abril de 2014.- Sen. Raúl Cervantes Andrade, Presidente.- Dip. José González Morfín, Presidente.- Sen. Lilia Guadalupe Merodio Reza, Secretaria.- Dip. Xavier Azuara Zúñiga, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del
Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a dos de junio de dos mil catorce.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar y se expide el Código Militar de Procedimientos Penales.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2016
Fuente oficial: consultar publicación
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