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Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 332

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 332.

1. El Instituto contará con un cuerpo de funcionarios integrados en un Servicio Profesional Electoral Nacional y en una rama

administrativa, que se regirán por el Estatuto del Servicio Profesional Electoral emitido por el Instituto Nacional, en el

cual se est ablecen los respectivos mecanismos de selección, ingreso, capacitación, profesionalización, promoción,

evaluación, rotación, permanencia, y disciplina, de conformidad con las legislaciones aplicables y dentro de su ámbito

de competencia.

CAPÍTULO SEGUNDO

DE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DEL INSTITUTO

SECCIÓN PRIMERA

DEL CONSEJO GENERAL

Fuente oficial: consultar publicación

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