Artículo 69 K
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 69 K. - El Comité Técnico tendrá además de las previstas por la normatividad
aplicable, la obligación de brindar información a la Legislatura respecto al ejercicio de los
recursos del Fideicomiso para la Promoción del Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal.
Fuente oficial: consultar publicación
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