Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Financiero

Artículo 90 Ter

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

artículo 90 Ter del del Estado de México y Municipios. Publicado en la

Gaceta del Gobierno el 07 de ma yo de 2013; entrando en vigor a los 60 dí as de su publicac ión

en el

DECRETO NÚMERO 104 EN SU ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que s e reforma la fracción IV

del artículo 169 del del Estado de México y Mu nicipios. Publicado en la

Gaceta del Gobierno el 17 de julio de 2013 ; entrando en vigor al día siguiente de su publicación

en el

DECRETO NÚMERO 132 EN SU ARTÍCULO CUARTO.- Por el que se deroga el artículo 105 del

del Estado de México y Municipios. Publicado en la Gacet a del Gobierno el

29 de agosto del 2013 ; entrando en vigor al día siguiente de s u publicación en el

DECRETO NÚMERO 158 EN SU ARTÍCULO SEGUNDO.- Por el que se adicionan el artículo 95

Quáter, la fracción XIII al ar tículo 129 y el a rtículo 139 Bis al del Estado de

México y Muni cipios. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 12 de noviembre del 2013 ;

entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico O ficial “Gaceta del

Gobierno”.

DECRETO NÚMERO 172 EN SU ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforman los artículos 1

en su párrafo segun do; 3 fracciones XI, XIII, XXIII -A y XL en sus tarifas; 22 en su inciso F); 47

en su fracción XII; 47 C en su fracción II; 47 D en sus párrafos cuarto y quinto; 47 F en su

proemio; 47 H en su fracción II; 48 B fracción I en su proemio; 54 en su párrafo últ imo; 55 en

su párrafo primero; 56 en su tercer párrafo; 56 Bis en sus tarifas; 57; 59 en su fracción VIII; 60

Bis; 62 en su párrafo último; 63 fracciones I en su tabla y II en sus tarifas; 67 en su párrafo

último; el Capítulo Segundo “De los Derechos” del Título Tercero y sus artículos; 114 en su

fracción VII; 116 en su párrafo tercero; 120; 130 fracción I, inciso A) en su párrafo séptimo; 142

fracción II en su proemio; 154 en su fracción I; 166 fracciones V y VI en su cuota fija y en su

factor aplicable a cada rango; 168; 169 en su párrafo segundo ; 170 en su proemio y en sus

fracciones I y XVI; 171 en su proemio y en su fracci ón XIX; 175 Bis en su proemio; 177 en su

proemio, 184; 188; 190; 192; 195 en su primer párrafo; 197, 199 en su párrafo primero ; 216 B

en sus tarifas; 216 E en sus tarifas; 216 F párrafo cuarto en su fracción IV; 216 K en su

fracción IX; 221 en su fórmula; 230 A en su fracción I; 230 C; 230 E en su párrafo segundo;

285 en su párrafo primero; 286; 287 en su párrafo tercero; 289 en sus pár rafos primero y

último; 290 en su párrafo primero; 291; 292; 294; 295 en su párrafo primero; 296; 297 en su

párrafo primero; 298 en su párrafo primero; 299; 299 Bis en su párrafo segundo; 301; 304; 304

Bis; 305 en su párrafo segundo; 306 en su párrafo prim ero; 307 en sus párrafos primero y

Publicada en el

DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

370

tercero; 309 en su párrafo primero; 312 en su fracción IV; 314; 316 en su párrafo primer o; 317

en su párrafo último; 317 Bis en sus párrafos primero, segundo, cuarto y sexto; 318 en su

párrafo tercero; 319 en sus párrafos segundo y tercero; 320 en su fracción II; 321 en su párrafo

último; 327 en su párrafo primero; 327 A en su párrafo primero ; 327 B en su párrafo primero;

327 D en sus párrafos primero y tercero; 336 en su párrafo primero; 338 Bis en su párrafo

primero; 339; 351 en su párrafo primero; 360 Bis fracc ión II en su inci so A); 362 Bis fracción

III, incisos A) en su numeral 3, B) en s u numeral 2 y C) en su numeral 1; 370 en su párrafo

segundo; 379 en su fracción II; 384 Ter en su fracción II; se adicionan a los art ículos 38 un

párrafo tercero; 45 los párrafos segundo, tercero y cuarto, los cuales recorren el actual segundo

que pasa a s er quinto; 47 I; 48 las fracciones XXIII y XXIV; 55 un párrafo segundo con sus

fracciones de la I a la V, recorriendo los subsecuente s; una Sección Quinta denominada “Del

Impuesto sobre la Pre stación de Servicios de Hospedaje” con los artículos 69 A al 69 E, al

Capítulo Primero del Título Tercero; 109 un último párrafo;117 un segundo párrafo

recorriéndose el actual segundo para ser tercero; 129 un último párrafo; 130 sobre la fracción I,

inciso A) un párrafo octavo que recorre el actual octavo que pasa a ser noveno; 142 fracción II,

un párrafo segundo; 148 una fracción V; 196 un último párrafo; 285 un párrafo último con sus

fracciones I a V; 287 los párrafos tercero recorriendo el actual párrafo tercero que pasará a ser

cuarto, un quinto y un sexto con sus fracciones I a III; 290 los párrafos cuarto con sus

fracciones I a IV y un quinto; 292 Bis un párrafo segundo; 311 una fracción IV, re corriendo la

actual fracción IV que pasa a ser V; 314 un párrafo segundo; 327 los párrafos tercero, cuarto,

quinto con sus fracciones I a V, sexto, séptimo y octavo; 327 A los párrafos tercero con sus

fracciones I a VIII y cuarto; 327 C los párrafos segund o y tercero; 328 un párrafo tercero; 335

un párrafo tercero; 340 un párrafo segundo; 362 Bis fracción III, a sus incisos A) el numeral 4 y

un párrafo último, y al C) los numerales 6 y 7; 380 B; y se derogan los artículos 3 su fracción I;

47 su fracción IV; 47 D su párrafo último; 110 su párrafo se gundo; la Sección Sexta

denominada “Del Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje” del Capítulo Primero

del Título Cuarto, con los artículos 125, 126, 127, 128, 128 Bis A, 128 Bis B; 142 su fracción

IV; 219 fracción II su inciso D); 225 Bis; 3 44 su párrafo segundo y 380 A su párrafo último del

del Estado de México y Municipios . Publicado en la Gaceta del Gobierno el

02 de diciembre del 2013; entrando en vigor el día 1 de enero de 2014.

FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 19 de diciembre de 2013.

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS CUOTAS Y TARIFAS PARA EL

EJERCICIO FISCAL DE 2014, PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 60 E Y 60 G DEL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y DEL ARTÍCULO SE XTO

TRANSITORIO DEL DECRETO NÚMERO 394, PU BLICADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO

DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2011 . Publicado en la Gaceta del Gobierno el 01 de enero de

2014.

FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 03 de marzo de 2014.

DECRETO NÚMERO 302 EN SU ARTÍCULO SEGUNDO.- Por el que se reforma el artículo 47

del del Estado de México y Municipios. Publicado en la Gaceta del Gobierno

el 16 de octubre del 2014 ; entrando en vigor el día siguient e a su publicación en el

DECRETO NÚMERO 332 EN SU ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforman los artículos

83 fracción II en su inciso C); 87 fracción VIII inciso A) en sus numerales 1, 2, 3 y 4 y e n su

fracción X; 219 fracción I en su inciso C); 221 en sus párrafos segundo, ter cero, quinto y sexto;

223, 278 en su fracción I, 289 en sus párrafos primero y sexto y 341, y se adicionan los

artículos 87 con un se gundo párrafo al inciso A) de su fracción VIII; 219 con los numerales A.1

Publicada en el

DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

371

y A.2 al inciso A) y un inciso I), todos de la fr acción I; 220 con un párrafo segundo y 273 con un

párrafo segundo del del Estado de México y Municipios . Publicado en la

Gaceta del Gobierno el 20 de noviembre del 2014; entrando en vigor el día 1 de enero de 2015.

DECRETO NÚMERO 367 EN SU ARTÍCULO OCTA VO.- Por el que se reforma el primer

párrafo de la fracción VIII del artículo 76 del del Estado de México y

Municipios. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 18 de diciembre del 2014; entrando en vigor

a los 90 días naturales siguientes al de su publicación en el

Gobierno".

DECRETO NÚMERO 374 EN SU ARTÍCULO ÚNICO .- Por el que se reforman las fracciones las

fracciones II y III del artí culo 142 del Códi go Financiero del Estado de México y Municipios .

Publicado en la Gaceta del Gobie rno el 18 de diciembre del 2014 ; entrando en vigor al día

siguiente de su publicación en el

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS CUOTAS Y TARIFAS PARA EL

EJERCICIO FISCAL DE 2015, PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 60 E, 60 G, 63, 73 AL 105

DEL CÓDIGO FINANCIE RO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y EN EL ARTÍCULO

SEXTO TRANSITORIO DEL DECR ETO NÚMERO 394 PUBLICADO EN LA GACETA DEL

GOBIERNO DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2011. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 01 de

enero de 2015.

FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 16 de enero de 2015.

DECRETO NÚMERO 452 EN SU ARTÍCULO ÚNICO .- Por el que se reforman el párrafo

primero, y las fracciones I, II inciso B) y III, y se adicionan un inciso C) a la fracción II, una

fracción IV y un se gundo párrafo recorriéndose los subsecuent es, al artículo 136 del del Estado de México y Municipios . Publicado en la Gacet a del Gobierno el 24 de

junio de 2015 ; en trando en vigor a l día siguiente de su publicación en el

"Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 13 EN SU ARTÍCULO PRIMERO. - Por el que se adiciona un segundo

párrafo a la fracción III del artículo 262 y a la diversa fracción II del artícu lo 265-A del del Estado de México y Municipios . Publicado en la Gaceta del Gobie rno el 2 3 de

octubre de 2015 ; entrando en vigor al día sig uiente de su publicación en el

"Gaceta del Gobierno".

DECRETO NÚMERO 27 EN SU ARTÍCULO PRIMERO.- Por el que se reforman los artículos 3

fracción XL en sus tarifas; 23 en su párra fo segundo; 41 en sus fracciones IV y XII; 42 en sus

párrafos segundo, cuarto y octavo; 47 Bis en su párrafo primero y su fracción II en sus párrafos

primero y segundo, así como su párrafo cuarto; 47 Bis -1 en sus párrafos primero, segundo y

octavo; 47 Bis-2 en su fracción III; 47 Bis -3 en sus párr afos primero, cuarto y quinto; 47 Bis -4

en su párrafo primero y en su fracción II I; 47 Bis -6 en su párrafo primero y en su fracción I

incisos A) y B) y su párrafo segundo, fracción II en su inciso F) y en el párraf o segundo del

inciso H); 56 Bis en sus tar ifas; 60 B en su fracción VII; 60 D en su fracción IV; 60 F en su

párrafo primero; 63 en el año de la fracción I y las tarifas de la fracción II; 69 B; 69 D en su

párrafo segundo; 69 E en su inciso b); 76 fracción VIII en su inciso D); 77 fracción X en su

tarifa; 95 en el párrafo quinto de su fracción I y párrafo segundo; 100 en su pár rafo tercero;

102 en sus fracciones V y X; 104 en su fracción III; 123 en su párrafo segundo; 130 fracción II

en el párrafo tercero del inciso B); 130 Bis fracciones I en su i nciso B) y II en su inciso B); 130

Bis A fracciones I en su inciso B) y II en su inciso B); 136 en sus párrafos primero y segundo,

así como sus fracciones I y II en su párrafo primero; 171 en su fracción XVII; 173; 195 en su

Publicada en el

DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

372

párrafo primero, fracción I en su párrafo primero, fracción III en sus párrafos primero, segundo

y tercero; 196 en su párrafo primero; 216 -B en sus tarifas; 216 -E en sus tarifas; 263 en su

fracción XI; 317 Bis A en su párrafo quinto; 337 en su primer párrafo; 361 en sus fracciones I,

II y XVII y 383; se adicionan los artículos 18 Bis; 35 un párrafo tercero; 41 un in ciso D) a la

fracción IV, un párrafo segundo a la fracción XVI y un párrafo segundo a la fracción XVII; 42

los párrafos quinto y sext o, recorriéndose los subsecuentes; 60 un párrafo segundo

recorriéndose los subsecuentes; 69 D un párrafo quinto; 76 un inci so F) a la fracción VIII; 95

un párrafo octavo a su fracción II, recorriéndose el actual octavo que pasa a ser noveno; 97 un

párrafo segundo a su fracción II; 102 una fracción XI; 123 los párrafos tercero y cuarto,

recorriéndose los actuales tercero y cuar to que pasan a ser quinto y sexto; 130 Bis un párrafo

tercero; 130 Bis A un párrafo tercero; 142 un párrafo cuarto; 195 un párrafo cu arto a la

fracción I recorriéndose el actual cuarto que pasa a ser quinto, así como un párrafo tercero a la

fracción III recorriéndose los actuales tercero y cuarto que pasan a ser cuarto y quinto y 364 un

párrafo segundo recorriéndose los subsecuentes; se derogan de los artículos 69 C su párrafo

segundo; 70 su párrafo sexto; 136 las fracciones II en su inciso C), III y IV y 1 96 su párrafo

segundo, todos del del Estado de México y Municipios . Publicado en la

Gaceta del Gobierno el 19 de noviembre de 2015; entrando en vigor el 1 de enero de 2016.

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS CUOTAS Y TARIFAS PARA EL

EJERCICIO FISCA L DE 2016, PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 60 E Y 60 G, ASÍ COMO

LAS ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 73 AL 105 DEL TÍTULO TERCERO, “DE LOS

INGRESOS DEL ESTADO”, CAPÍTULO SEGUNDO, “DE LOS DERECHOS”, DEL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y EN EL ARTÍCULO SEXTO

TRANSITORIO DEL DECRETO NÚM ERO 394, PUBLICADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO

DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2011. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 22 de diciembre de

2015.

FE DE ERRATAS DEL DECRETO NÚMERO 27 DE LA “LIX” LEGISLATURA DEL ESTADO

DE MÉXICO, PUBLICADO EN LA “GACETA DEL GOBIERNO” NÚMERO 99, DE FECHA 19

DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015, SECCIÓN TERCERA. Publicada en el

“Gaceta del Gobierno” el 3 de febrero de 2016.

DECRETO NÚMERO 107 EN SU ARTÍCULO SEGUNDO. Por el que se reforma el párrafo

séptimo de la fracción II del artículo 95 del Códi go Financiero del Estado de México y

Municipios. Publicado en la Gaceta de Gobierno el 03 de agost o de 2016 , entrando en vigor al

día siguiente de su publicación en el

DECRETO NÚMERO 126 EN SU ARTÍCULO ÚNICO. Por el que se adiciona el artículo 59 Bis al

del Estado de México y Municipios . Publicado en el

del Gobierno” el 1 3 de septiembre de 2016 , entrando en vigor al día siguiente al de su

publicación en el

DECRETO NÚMERO 136 EN SU ARTÍCULO SEGUNDO. Por el que se reforman los artículos 3,

en sus fracciones XIII y XVIII; 256; 257; 258 en sus fracciones I, II, VIII y IX; 259 en los incisos

c) de las fracciones I y I I; 260 en su párrafo tercero; 262 en su pá rrafo primero y en sus

fracciones I, II y IV; 263 en sus fracciones III, IV y VI; 264 en su párrafo primero y en sus

fracciones II y III; 266 en su párrafo primero; 268 en su párrafo primero y en sus fracciones I, II

y III; 269 en su párrafo primero; 273 e n su párrafo prim ero; 274 en su párrafo primero; 278;

281 en su párrafo primero; 284; 285 en su párrafo segundo; 292 en su párrafo primero; 292

Bis; 301 en su párrafo primero; 304 en sus fracciones I, II, III, IV, V y VI; 305 en su párrafo

segundo; 309; 317 Bis A en su párrafo primero; 322 Bis en su párrafo primero y 339 Bis en su

párrafo primero y en sus fracciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX; se adicionan los artículos 3,

Publicada en el

DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

373

con las fracciones XLIX a LXXII; 26 0 Bis; 260 Ter; 262 Bis; 266 Ter; 266 Quát er; 266 Quintus;

266 Sexies; 268 con una fracción V y los párrafos segundo, terce ro y cuarto; 288 con los

párrafos segundo, tercero y cuarto; 292 ter; 292 Quáter; 292 Quintus; 304 con las fracciones

VII, VIII, IX y X; 304 Ter; 305 con un párrafo tercero; 3 10 con los párrafos segundo y tercero,

recorriendo el actual segundo que pasa a ser cuarto; 317 Bis A con un párrafo cuarto,

recorriendo los actuales en su orden; 319 con un párrafo primero recorriendo los subsecue ntes

en su orden; 320 Bis, y 339 Bis con las fracciones X, XI y XII y un párrafo tercero; y se derogan

los artículos 262 en su párrafo segundo y 317 Bis A en sus párrafos segundo y tercero, todos

del del Estado de México y Municipios . Publicado en la Gaceta del Gobierno

el 11 de octubre de 2016, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

FE DE ERRATAS: Publicado en la Gaceta del Gobierno el 11 de octubre de 2016.

DECRETO NÚMERO 162 EN SU ARTÍCULO PRIMERO. - Por el que se reforman los artículos 3

fracción XL en sus tarifas; 9 en su fracción III; 20 Bis en el párrafo primero de su fracción I; 22

Bis en sus párrafos cuarto y octavo; 56 Bis en sus tarifas; 60 A en su párrafo sexto; 63 en el

año de su fracción I y las tarifas de su fracción II; 72 en su párrafo tercero; 73 en su fracción VI

y su tarifa; 76 en su fracción VIII; la denominación de la Sección Quinta del Capítulo Segundo

del Título Tercero; los artículos 81 en su proemio; 85 fracción VI en su proemio y en su inciso

B); 95 fracciones I, en su párrafo primero los incisos E) y G), así co mo sus párrafos tercero,

cuarto y quinto, y II en sus párrafos primero, segundo, cuarto, sexto y séptimo; 100 en sus

fracciones I, el inciso B) y II; 109 en su párrafo tercero; 119 fracción I en su párrafo quinto; la

denominación de la Sección Primera del Capítulo Segundo del Título Cuarto; los artículos 129

en su fracción VII y en sus párrafos tercero y cuarto; 130 en su proemio; 130 Bis en su

proemio; 136 fracción II en su inciso B); 139 Bis; 148 en su fracción II I; 169 en su fracción IV;

216-A; 216-B en su párrafo segundo y en sus tarifas; 216 -D en su párrafo segundo y en su

tabla; 2 16-E en sus tarifas; 216 -L en su fracción IV; 221 en su último párrafo y 257; se

adicionan a los artículos 18 Bis un párrafo segundo; 20 Bis los párrafos tercero y cuarto a su

fracción I; 30 u n párrafo quinto, recorriendo los subsecuentes; 48 las fracciones XXV y XXVI;

55 la fracción VI; 60 B un párrafo segundo al inciso A) de su fracción IX y la fracción X; los

artículos 69 F, 69 G, 69 H, 69 I, 69 J, 69 K y 69 L; a los artícul os 76 la fracción IX; 77

fracciones I y II en su respectivo inciso D) un numeral 3; 95 fracción II los párrafos quinto y

octavo, recorriendo los subsecuentes en su orden, fracción III los párrafos cuarto y quinto; 97

un párrafo segundo, recorriendo el subs ecuente; 98 un pá rrafo cuarto; al Título Tercero,

Capítulo Segundo, Sección Décima Primera, la Subsección Cuarta denominada De los Derechos

por Servicios Correspondientes al Dictamen Único de Factibilidad, con el a rtículo 104 Bis; al

Título Sexto el Capítu lo Cuarto “De las Aportaciones de Movilidad Sustentable” con el artículo

216-P y al 361 la fracción XXI; y se derogan los artículos 59 Bis, 60 A su párrafo segundo; 72

sus párrafos segundo y cuarto; 75 en su fracci ón II, 81 en sus fracciones III y IV, 89, 97 su

fracción VI II y 216 -G su fracción V, todos del del Estado de México y

Municipios. Publicado en el

entrando en vigor el 1 de enero de 2017.

FE DE ERRATAS: Publicado en la Gaceta del Gobierno el 5 de diciembre de 2016.

DECRETO NÚMERO 178 EN SU ARTÍCULO OCTAVO. Por el que se reforman la fracción I del

Fuente oficial: consultar publicación

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