Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo 255
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 255.
Al servidor público que sin justificación abandone su empleo, cargo o comisión y con ello perturbe gravemente la
función pública, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión.
CAPÍTULO IV
ABUSO DE AUTORIDAD Y USO ILEGAL DE LA FUERZA PÚBLICA
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- USURPACION DE FUNCIONES, DELITO DE. (s/clave)
- DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA COMETIDO POR SERVIDOR PUBLICO. (s/clave)
- USURPACION DE FUNCIONES PUBLICAS, DELITO DE. (s/clave)
- FUNCIONARIOS PUBLICO, ULTRAJES CONTRA LOS. (s/clave)
- SERVIDORES PÚBLICOS, NO PROCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA CONTRA LA DECLARATORIA DE NO HABER PRESENTADO LA MANIFESTACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL.- (1298)
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