Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 74

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-01

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 74. En los casos de invasión y perturbación de la paz pública, la Diputación Permanente podrá conceder, con carácter

de provisional, facultades extraordinarias al Ejecutivo para que haga frente a la situación; pero tan luego como se otorgue esta

concesión, deberá convocar al Congreso a sesiones extraordinarias para que confirme, modifique o revoque el acuerdo relativo.

(ADICIONADO CON SUS ARTÍCULOS,

Capítulo VI.

De la Auditoría Superior del Estado.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 73Índice de la leyArt. 74-A →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis