Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Artículo 101
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
El Tribunal Superior de Justicia conocerá:
I. De la segunda instancia de los asuntos civiles, mercantiles, familiares y penales del Estado;
Fracción reformada POG 14 de enero de 2025 (Decreto 94)
II. De los recursos que las leyes sometan a su conocimiento;
III. De las revisiones de oficio que determinen las leyes;
Fracción reformada POG 14 de enero de 2025 (Decreto 94)
IV. De las contiendas de jurisdicción entre los Jueces de primera instancia y municipales;
V. De la substanciación y resolución del juicio para la protección de los derechos humanos,
por incumplimiento de las recomendaciones hechas a la autoridad por la Comisión de
Derechos Humanos del Estado, de acuerdo con la ley en la materia, y
Fracción reformada POG 14 de enero de 2025 (Decreto 94)
VI. De los demás asuntos que las leyes sometan a su jurisdicción.
Fracción reformada POG 01 de julio de 2023 (Decreto 303)
SECCIÓN TERCERA
DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL
Artículo 102.
Fuente oficial: consultar publicación
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