Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas

Artículo 51

Ordenamiento: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Ámbito: Zacatecas
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

La Legislatura del Estado se integra con dieciocho diputadas y diputados electos por el

principio de votación de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales

uninominales, y por doce diputados electos según el principio de representación proporcional,

conforme al sistema de lista plurinominal votada en una sola circunscripción electoral,

conformada de acuerdo con el principio de paridad, y encabezada alternadamente entre mujeres y

hombres cada periodo electivo. De estos últimos, dos deberán tener al momento de la elección, la

calidad de migrantes o binacionales, en los términos que establezca la ley.

Párrafo reformado POG 1 de octubre de 2003 (Decreto 305), 12 de julio de 2014 (Decreto 177) y

23 de mayo de 2020 (Decreto 390)

Las elecciones de Diputadas y Diputados por ambos sistemas se sujetarán a las bases establecidas

en esta Constitución y a las disposiciones de la ley electoral. Las Diputadas y los Diputados de

mayoría relativa y los de representación proporcional tendrán los mismos derechos y obligaciones.

Párrafo reformado POG 23 de mayo de 2020 (Decreto 390)

Por cada Diputada o Diputado propietario se elegirá un suplente.

Párrafo reformado POG 12 de julio de 2014 (Decreto 177) y 23 de mayo de 2020 (Decreto 390)

Párrafo reformado POG 24 de enero de 2026 (Decreto 187)

Las personas Diputadas no podrán ser reelectas para el periodo inmediato posterior al ejercicio de

su mandato. Las personas Diputadas suplentes podrán ser electas para el periodo inmediato con el

carácter de propietarias siempre que no hubieren estado en ejercicio, pero las personas Diputadas

propietarias no podrán ser electas para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.

Párrafo adicionado POG 24 de enero de 2026 (Decreto 187)

Artículo 52.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 50Índice de la leyArt. 52 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis