Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos
Artículo 45
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 45. Además de las previstas en el Reglamento sobre Adquisiciones, el
Subcomité de Adquisiciones, tendrá las siguientes atribuciones:
I. Divulgar el contenido de la normativa vigente en materia de adquisiciones,
enajenaciones, arrendamientos y prestación de servicios, así como la demás
normativa aplicable a dichas actividades, además de orientar al personal
responsable del abasteci miento y manejo de almacenes, para el cumplimiento
de tales normas;
II. Ejecutar sus funciones de conformidad con la Ley sobre Adquisiciones y el
Reglamento sobre Adquisiciones, las leyes federales en la materia y los
convenios suscritos con la Federación que le otorguen facultades específicas;
III. Establecer la coordinación correspondiente con el Comité de Adquisiciones,
para tratar los asuntos en las materias de su competencia y coadyuvar al
cumplimiento de las normas y acuerdos que dicte el mencionado C omité, como
órgano de autoridad en la materia;
IV. Sugerir las investigaciones y métodos necesarios para otorgar mayor
eficacia y unificación a los sistemas y procedimientos relacionados con las
adquisiciones a realizar por el Sistema;
V. Supervisar la ap licación de los mecanismos de comunicación, coordinación,
vigilancia y evaluación sobre el cumplimiento de especificaciones, condiciones y
requisitos a que se deben sujetar los proveedores y contratistas, así como el
personal del Sistema asignado a tales actividades;
VI. Someter a la consideración de las Secretarías, Dependencias o Entidades
competentes de la Administración Pública Federal o Estatal, según
corresponda, los casos que por su naturaleza o disposición de la Ley así lo
requieran; y
VII. Las demás que le sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones,
atendiendo en todo caso los convenios y acuerdos de coordinación celebrados
entre los Poderes Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Estatal, así como los demás
ordenamientos aplicables en la materia.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. TRATÁNDOSE DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA CON MOTIVO DEL RECURSO DE INCONFORMIDA (VI.3o.A.2 A (10a.))
- RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO POR EL ARTÍCULO 83 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. PROCEDE CONTRA LOS ACTOS DE AUTORIDAD EMITIDOS EN LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN RE (I.1o.A.131 A)
- ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. LOS ARTÍCULOS 59 Y 60, PRIMER PÁRRAFO Y FRACCIÓN IV DE ESTE ÚLTIMO, DE LA LEY RELATIVA RESPETAN EL PRINCIPIO DE DIVISI (1a. IV/2007)
- COMPETENCIA TERRITORIAL. AUTORIDADES DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA.- (57)
- COMPETENCIA TERRITORIAL. AUTORIDADES DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA. (XV.3o.3 A )
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