Ley de Asociaciones Público Privadas para del Estado de Morelos y sus Municipios
Artículo 52
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 52. Una vez que la convocante haya realizado la etapa de evaluación de
las propuestas, el proyecto se adjudicará al participante que haya presentado la
propuesta solvente por cumplir con los requisitos legales, técnicos y económicos,
conforme a las bases del concurso y, por tanto, garantice su cumplimiento.
Si resultaran dos o más propuestas solventes, por satisfacer los requisitos
solicitados, será adjudicado el proyecto que haya obtenido la propuesta de mayor
puntuación, de acuerdo al mecanismo planteado.
Si dos o más propuestas son solventes por satisfacer los requisitos solicitados y
obtienen la misma puntuación, el proyecto se adjudicará a la propuesta que
asegure los mejores beneficios para el Estado, conforme a lo previsto en los
propios criterios de evaluación señalados en las bases del concurso.
Si persiste la igualdad de condiciones, la convocante optará por el proyecto que
ofrezca mayor empleo tanto de recursos humanos del Estado, como de bienes o
servicios de procedencia estatal y los propios de la región de que se trate.
La convocante podrá optar por adjudicar el proyecto, aun cuando sólo haya un
concursante, siempre y cuando éste cumpla con los requisitos del concurso y su
propuesta sea aceptable en los términos de las bases.
Fuente oficial: consultar publicación
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