Ley de Cultura y Derechos Culturales para el Estado de Morelos
Artículo 35
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 35. La Secretaría a través de su titular, podrá suscribir convenios de
colaboración y participación con las empresas privadas de radio, cine, televisión y
prensa del estado, con el propósito de difundir los eventos culturales que se
desarrollen en la entidad, sean estos públicos o provenientes de la sociedad civil.
TÍTULO CUARTO
DEL PATRIMONIO CULTURAL, LABBIOCULTURA Y LAS ZONAS DE
INTERÉS CULTURAL, SU DESARROLLO, CONSERVACIÓN Y
SALVAGUARDA.
CAPÍTULO PRIMERO
DEL PATRIMONIO CULTURAL, BIOCULTURA Y ZONAS DE INTERÉS
CULTURAL
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS, ARTÍSTICOS E HISTÓRICOS CUYA CONSERVACIÓN SEA DE INTERÉS NACIONAL. EL CONGRESO DE LA UNIÓN TIENE FACULTADES EXCLUSIVAS PARA LEGISLAR EN LA MATERIA. (P./J. 14/2012 (9a.))
- MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLÓGICOS, ARTÍSTICOS E HISTÓRICOS, LEY FEDERAL SOBRE. ES VIOLATORIA DE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL.- (1922)
- MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, LEY FEDERAL SOBRE. ES VIOLATORIA DE LA GARANTIA DE AUDIENCIA CONSAGRADA EN EL ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- MONUMENTOS HISTORICOS, PROPIEDAD DE LOS. (s/clave)
- MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLÓGICOS, ARTÍSTICOS E HISTÓRICOS. LA LEY FEDERAL RELATIVA ES VIOLATORIA DE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL.- (1921)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-09-01)
Artículo 35. La Secretaría a través de su titular, podrá suscribir convenios de
colaboración y participación con las empresas privadas de radio, cine, televisión y
prensa del estado, con el propósito de difundir los eventos culturales que se
desarrollen en la entidad, sean estos públicos o provenientes de la sociedad civil.
Ley de Cultura y Derechos Culturales para el Estado de Morelos
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
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TÍTULO CUARTO
DEL PATRIMONIO CULTURAL, LABBIOCULTURA Y LAS ZONAS DE
INTERÉS CULTURAL, SU DESARROLLO, CONSERVACIÓN Y
SALVAGUARDA.
CAPÍTULO PRIMERO
DEL PATRIMONIO CULTURAL, BIOCULTURA Y ZONAS DE INTERÉS
CULTURAL
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