Ley de Educación del Estado de Morelos
Artículo 58
Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
La educación secundaria atenderá a los adolescentes, jóvenes y
adultos que hayan acreditado el nivel de primaria. Tendrá carácter formativo y
ajustará la enseñanza a los intereses y aptitudes de los estudiantes, así como a
las exigencias del desarrollo de la comunidad y del Estado.
ARTÍCULO 59.
Fuente oficial: consultar publicación
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis