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Ley de Justicia Administrativa del estado de Morelos

Artículo 48

Ordenamiento: Ley de Justicia Administrativa del estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-05-13

Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 48. El demandado deberá adjuntar a su escrito de contestación:

I. Copias de su escrito de contestación y de los documentos anexos para cada

una de las partes excepto cuando éstos formen parte de un expediente que el

actor haya solicitado se exhiba como prueba, y no sea el caso de exhibir por este

último copias certificadas;

II. El documento en que acredite su personalidad, cuando el demandado sea un

particular y no gestione en nombre propio, y

III. Las pruebas documentales que ofrezca.

Tratándose de la contestación a la ampliación de la demanda, se deberán adjuntar

también los documentos previstos en este artículo, excepto aquellos que ya se

hubieran acompañado al escrito de contestación a la demanda.

Fuente oficial: consultar publicación

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