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Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos · Titulo IV — DE LAS AUTORIDADES Y LOS SERVIDORES PUBLICOS · Capitulo II — DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS AUTORIDADES Y SERVIDORES PUBLICOS

Artículo 72 Ter

Ordenamiento: Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-04-01

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 72 Ter.- El titular del Órgano Interno de Control de la Comisión Nacional será sujeto de responsabilidad en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y podrá ser sancionado de conformidad con el procedimiento previsto en la normatividad aplicable.

Tratándose de los demás servidores públicos adscritos al Órgano Interno de Control de la Comisión Nacional serán sancionados por el titular del Órgano Interno de Control, o el servidor público en quien delegue la facultad, en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Artículo adicionado DOF 27-01-2017

Fuente oficial: consultar publicación

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