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Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Titulo PRIMERO — DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD · Capitulo Único — Disposiciones generales

Artículo 8

Ordenamiento: Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 8.- La Comisión Federal de Electricidad presta de manera directa el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica. Asimismo, puede llevar a cabo las actividades siguientes:

I. La generación y comercialización de energía eléctrica y productos asociados, incluyendo la importación y exportación de éstos, de acuerdo con la Ley del Sector Eléctrico;

II. Salvaguardar el acceso al servicio público de energía eléctrica a través de la generación, transmisión, distribución, comercialización, suministro eléctrico, la proveeduría de insumos primarios para la industria eléctrica, así como las actividades auxiliares y conexas de la misma;

III. La importación, exportación, transporte, almacenamiento, compra y venta de gas natural, carbón y cualquier otro combustible necesario para la generación de electricidad;

IV. El desarrollo y ejecución de proyectos de ingeniería, investigación, actividades geológicas y geofísicas, supervisión, prestación de servicios a terceros, así como todas aquellas relacionadas con la generación, transmisión, distribución, comercialización y suministro eléctrico y demás actividades que forman parte de su objeto;

V. La investigación, desarrollo e implementación de fuentes de energía que le permitan cumplir con su objeto, conforme a las disposiciones aplicables;

VI. La investigación y desarrollo tecnológicos requeridos para las actividades que realice en el sector eléctrico, la comercialización de productos y servicios tecnológicos resultantes de la investigación, así como la formación de recursos humanos altamente especializados;

VII. El aprovechamiento y administración de inmuebles, de la propiedad industrial y la tecnología de que disponga y que le permita la prestación o provisión de cualquier servicio adicional tales como, construcción, arrendamiento, mantenimiento y telecomunicaciones. La Comisión Federal de Electricidad puede avalar y otorgar garantías en favor de sus empresas filiales y fideicomisos;

VIII. La adquisición, tenencia o participación en la composición accionaria de sociedades con objeto similar, análogo o compatible con su propio objeto;

IX. Coadyuvar en la preservación de la seguridad y autosuficiencia energética de la Nación, y la seguridad nacional;

X. Procurar al pueblo de los Estados Unidos Mexicanos de la electricidad al menor precio posible y evitar el lucro en la provisión del servicio, para garantizar la seguridad nacional y soberanía energética;

XI. Contribuir en la provisión del servicio de Internet y telecomunicaciones, y

XII. Las demás actividades necesarias para el cumplimiento de su objeto.

La Comisión Federal de Electricidad puede llevar a cabo las actividades a que se refiere este artículo en el país o en el extranjero. Las actividades distintas a la transmisión y distribución de energía eléctrica pueden ser realizadas de manera directa o indirecta por la Comisión Federal de Electricidad.

Fuente oficial: consultar publicación

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