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Ley de la Fiscalía General de la República · Titulo X — ÓRGANO INTERNO DE CONTROL · Capitulo I — ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

Artículo 91

Ordenamiento: Ley de la Fiscalía General de la República · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 91. El Órgano Interno de Control, la persona titular y las personas adscritas al mismo, estarán impedidos de intervenir o interferir en forma alguna en el desempeño de las facultades y ejercicio de la Fiscalía General.

CAPÍTULO II

ESTRUCTURA DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

Fuente oficial: consultar publicación

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