Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes
Artículo 32
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 32.- La Contraloría o los órganos internos de control de los entes públicos
deberán supervisar la ejecución de los procedimientos de contratación pública por
parte de los contratantes para garantizar que se lleve a cabo en los términos de las
disposiciones en la mat eria, llevando a cabo las verificaciones procedentes si
descubren anomalías.
SECCIÓN SEXTA
La Declaración de Intereses
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONCESIONES PARA SERVICIOS PUBLICOS. (s/clave)
- CONCESIONES PARA SERVICIOS PUBLICOS. (s/clave)
- CONTRATOS. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis