Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo Transitorio SEGUNDO
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
SEGUNDO.- Se abroga la Ley Orgánica del Servicio Exterior Mexicano, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 8 de enero de 1982 y se derogan todas las demás disposiciones que se opongan a la presente Ley. En tanto se expide su Reglamento, continuará en vigor el Reglamento de la Ley que se abroga en aquellas partes que no se opongan a la Ley que se decreta.
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