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Modo: Corpus Pro

Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes.

Artículo 110 J

Ordenamiento: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes. · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 7 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 110 J.- Las alertas podrán emitirse ante:

I. Situaciones de emergencia relacionadas con fenómenos naturales o

antropogénicos que representen riesgo para la vida o integridad física.

II. Amenazas a la seguridad pública que justifiquen informar a la población de

manera inmediata.

III. Reportes de personas desaparecidas, en los términos y supuestos que

determine la autoridad competente.

(ADICIONADO,

Fuente oficial: consultar publicación

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