Artículo 278-C
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 278-C. (Se deroga).
Artículo adicionado DOF 30-12-1996. Reformado DOF 29-12-1997, 31-12-1998, 01-01-2002, 24-12-2007. Derogado DOF 11-12-2013
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVISION. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- LEYES PROHIBITIVAS. (s/clave)
- PRECEPTOS LEGALES, CITA EQUIVOCADA DE LOS. (s/clave)
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