Ley Federal del Derecho de Autor · Titulo IV — De la Protección al Derecho de Autor · Capitulo II — De las Obras Fotográficas, Plásticas y Gráficas
Artículo 93
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 93.- Las disposiciones de este capítulo serán válidas para las obras de arte aplicado en lo que tengan de originales. No será objeto de protección el uso que se dé a las mismas.
Capítulo III
De la Obra Cinematográfica y Audiovisual
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- OBRAS DE ARTE. (I.4o.C.87 C)
- OBRAS EN LA RAMA DENOMINADA COMO ARTE APLICADO. REQUISITOS PARA SU REGISTRO (INTELECCIÓN DE LOS ARTÍCULOS 4o. A 6o. Y 13, FRACCIÓN XIII, DE LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR). (III.2o.C.187 C)
- PELICULAS CINEMATOGRAFICAS, REGISTRO DE DERECHOS POR LAS. (s/clave)
- DERECHOS DE AUTOR. LA ENAJENACION DEL DERECHO PATRIMONIAL DE REPRODUCCION Y PUBLICACION DE OBRAS PICTORICAS, DE DIBUJO, DE GRAVADO O LITOGRAFIA DEBE SER EXPRESA Y NO CABE INFERIRLA (s/clave)
- DERECHOS DE AUTOR, OBJETO DE LA LEY FEDERAL DE. (s/clave)
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