Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Libro adicionado — DOF 14-10-2024 · Titulo adicionado — DOF 14-10-2024 · Capitulo adicionado — DOF 14-10-2024 · Seccion adicionada — DOF 14-10-2024
Artículo Transitorio DÉCIMO QUINTO
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Décimo Quinto. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral podrá realizar ajustes a los plazos establecidos en esta Ley a fin de garantizar la debida ejecución de las actividades y procedimientos electorales contenidos en la presente Ley.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONVOCATORIA A ELECCIONES. (s/clave)
- FUERO CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- LEYES EXPEDIDAS DURANTE EL PERIODO PRECONSTITUCIONAL. (s/clave)
- PROCESO ELECTORAL. PARA DETERMINAR JURÍDICAMENTE SU INICIO DEBE ATENDERSE A LA FECHA QUE ESTABLEZCA LA LEGISLACIÓN ELECTORAL ANTERIOR A LA REFORMA Y NO A AQUELLA CUYA CONSTITUCIONA (122)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
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