Ley General de Salud · Titulo DECIMO — PRIMERO · Capitulo I — ) DOF 27-05-1987. Denominación del Capítulo reformada DOF 20-04-2015
Artículo 185
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 185.- La Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán para la ejecución del programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo que comprenderá, entre otras, las siguientes acciones:
Párrafo reformado DOF 27-05-1987, 20-04-2015
I. La prevención y el tratamiento del alcoholismo y, en su caso, la rehabilitación de los alcohólicos;
II. La educación sobre los efectos del alcohol en la salud y en las relaciones sociales, dirigida especialmente a menores de edad y grupos vulnerables, a través de métodos individuales, sociales o de comunicación masiva;
Fracción reformada DOF 20-04-2015
III. El fomento de actividades cívicas, deportivas y culturales que coadyuven en la lucha contra el alcoholismo, especialmente en zonas rurales y en los grupos de población considerados de alto riesgo;
Fracción reformada DOF 20-04-2015
IV. La promoción de los servicios de prevención, detección temprana, orientación, atención, derivación y tratamiento a personas y grupos con uso nocivo del alcohol; y
Fracción adicionada DOF 20-04-2015
V. El fomento de la protección de la salud considerando la educación, promoción de actitudes, factores de protección, habilidades y conductas que favorezcan estilos de vida activa y saludable en los individuos, la familia, la escuela, el trabajo y la comunidad.
Fracción adicionada DOF 20-04-2015
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ALCOHOLISMO, CAMPAÑA CONTRA DEL. (s/clave)
- DELITO CONTRA LA SALUD PUBLICA. TRAFICO DE DROGAS O COMERCIO ILEGAL DE SUSTANCIAS ENERVANTES O USO DE ELLAS. (s/clave)
- DELITO CONTRA LA SALUD. CODIGO DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. CONSTITUCIONALIDAD DE SU ARTICULO 185, FRACCION III. (s/clave)
- DELITO CONTRA LA SALUD. CÓDIGO DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. CONSTITUCIONALIDAD DE SU ARTÍCULO 185, FRACCIÓN III.- (873)
- ALCOHOLISMO. (s/clave)
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