Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo Transitorio DÉCIMO CUARTO
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
DÉCIMO CUARTO.- Por lo que se refiere a las sociedades de ahorro y préstamo, se estará al régimen transitorio que para las mismas se prevé en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2003, así como en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular publicadas en el mismo Diario el 27 de mayo de 2005.
Fuente oficial: consultar publicación
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