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Modo: Corpus Pro

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Artículo 52

Ordenamiento: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 52. El Sistema Nacional emitirá los criterios para evaluar la efectividad de la política de la transparencia con sentido social, considerando como base, la reutilización y aprovechamiento que la sociedad haga a la información.

La información que se publique, como resultado de las políticas de transparencia, deberá permitir la generación de conocimiento público útil, para disminuir asimetrías de la información, mejorar los accesos a trámites y servicios, optimizar la toma de decisiones de autoridades o cualquier persona y deberá tener un objeto claro enfocado en las necesidades de sectores de la sociedad determinados o determinables.

Capítulo III

De la Apertura Institucional

Fuente oficial: consultar publicación

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