Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 84
Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 84. Las determinaciones que emitan las Autoridades garantes deberán establecer los requerimientos, recomendaciones u observaciones que formulen y los términos y plazos en los que los sujetos obligados deberán atenderlas. El incumplimiento a los requerimientos formulados, será motivo para aplicar las medidas de apremio, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUTORIDADES. (s/clave)
- REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- ARTICULO 8o. CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES. (s/clave)
- CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES. (s/clave)
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