Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Titulo DÉCIMO — PRIMERO · Capitulo VI — De la Secretaria o el Secretario General de Acuerdos y Subsecretaria o Subsecretario General de Acuerdos · Seccion 2a — De sus atribuciones
Artículo 269
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 269.
El secretario o la secretaria general de acuerdos tendrá las atribuciones siguientes:
I. Apoyar al Presidente o la Presidenta del Tribunal Electoral en las tareas que le encomiende;
II. Dar cuenta, tomar las votaciones y formular el acta respectiva en las sesiones de la Sala Superior;
III. Revisar los engroses de las resoluciones de la Sala Superior;
IV. Llevar el control del turno de los Magistrados y las Magistradas electorales;
V. Supervisar el debido funcionamiento de la Oficialía de Partes de la Sala Superior;
VI. Supervisar que se hagan en tiempo y forma las notificaciones de la Sala Superior;
VII. Supervisar el debido funcionamiento de los Archivos Jurisdiccionales de la Sala Superior y de las Salas Regionales y, en su momento, su concentración y preservación;
VIII. Dictar, previo acuerdo con el Presidente o la Presidenta del Tribunal Electoral, los lineamientos generales para la identificación e integración de los expedientes;
IX. Autorizar con su firma las actuaciones de la Sala Superior;
X. Expedir los certificados de constancias que se requieran;
XI. Llevar el registro de las sentencias relativas a la no aplicación de leyes sobre la materia electoral y auxiliar al Presidente o a la Presidenta del Tribunal Electoral para hacerlas del conocimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y
XII. Las demás que le señalen las leyes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SECRETARIAS DE ESTADO. (s/clave)
- REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- SECRETARIOS DE TRIBUNAL DE CIRCUITO Y DE JUZGADO DE DISTRITO. PARA DETERMINAR SUS FACULTADES EN SUSTITUCIÓN DEL TITULAR, DEBE ATENDERSE AL TIPO DE AUTORIZACIÓN HECHA POR EL CONSEJO (I.6o.C.12 K (10a.))
- SECRETARIOS DE ESTADO. (s/clave)
- SECRETARIOS ENCARGADOS DEL DESPACHO POR MINISTERIO DE LEY, SENTENCIAS PRONUNCIADAS POR LOS. CARECEN DE VALIDEZ, SI NO SE CUENTA CON LA AUTORIZACION EXPRESA CONFERIDA POR LA SUPREMA (1010)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis