Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos
Artículo 6
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 6. Los Magistrados deberán reunir los mismos requisitos que para ser
Magistrados del Tribunal Superior, debiendo además contar con experiencia en
materia administrativa, fiscal o de responsabilidades plenamente acreditad a.
Serán designados por el voto de las dos terceras partes de los integrantes del
Poder Legislativo a propuesta del órgano político del Congreso, el cual emitirá la
convocatoria pública conforme a lo establecido en la Constitución, la Ley Orgánica
para el Congreso del Estado y la normativa aplicable para el caso de Magistrados
del Tribunal Superior.
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)
6. Código Penal Federal
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