Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley para Regular las Agrupaciones Financieras · Titulo Cuarto — de la presente Ley. · Capitulo II — Del funcionamiento

Artículo 31

Ordenamiento: Ley para Regular las Agrupaciones Financieras · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 31.- Las personas que acudan en representación de los accionistas a las asambleas de la Sociedad Controladora acreditarán su personalidad mediante poder otorgado en formularios elaborados por la propia Sociedad Controladora, que reúnan los requisitos siguientes:

I. Señalar de manera notoria la denominación de la Sociedad Controladora, así como la respectiva orden del día;

II. Contener espacio para las instrucciones que señale el otorgante para el ejercicio del poder, y

III. Estar foliados y firmados por el secretario o prosecretario del consejo de administración de la Sociedad Controladora, con anterioridad a su entrega a los accionistas.

La Controladora deberá mantener a disposición de los representantes de los accionistas, durante el plazo a que se refiere el artículo 173 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los formularios de los poderes, a fin de que aquellos puedan hacerlos llegar con oportunidad a sus representados.

Los escrutadores estarán obligados a cerciorarse de la observancia de lo dispuesto en este artículo e informar sobre ello a la asamblea, lo que se hará constar en el acta respectiva.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 30Índice de la leyArt. 32 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis