Lineamientos Generales para la operación de la Casa de Día del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales… · Titulo IV — DE LAS OBLIGACIONES Y SANCIONES AL PERSONAL DE CASA DE DÍA · Seccion PRIMERA — DE LAS OBLIGACIONES DEL PERSONAL
Artículo 37
Artículo 37. La Plantilla de Personal que presta sus servicios en la Casa de Día deberá desempeñar sus funciones con apego a los presentes Lineamientos, al reglamento interno ya las disposiciones administrativas aplicables.
Son obligaciones de la Plantilla de Personal las siguientes:
I. De la Persona Administradora de la Casa de Día:
a) Participar, en representación de la Casa de Día, ante diversos organismos públicos y privados, en aquellos asuntos que le competen a ésta;
b) Coordinar y supervisar el cumplimiento de las funciones encomendadas al personal adscrito;
c) Asegurar el funcionamiento adecuado de las instalaciones, infraestructura y equipamiento, así como reportar de inmediato cualquier falla o riesgo al Departamento;
d) Gestionar ante el Departamento los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para la operación de la Casa de Día;
e) Verificar el cumplimiento de los objetivos, metas y programas establecidos;
f) Llevar a cabo reuniones periódicas con el personal para la planeación, seguimiento y evaluación de las actividades;
g) Elaborar y autorizar los informes, registros y reportes que deban remitirse a las instancias superiores de forma mensual y trimestral;
h) Atender y resolver, en primera instancia, las quejas, sugerencias o comentarios de las Personas Beneficiarias, así como remitirlas al Departamento cuando excedan su competencia, de conformidad al proceso que se emita para tal efecto;
i) Mantener actualizado el directorio de instituciones de apoyo, coordinación o colaboración para la Persona Beneficiaria;
j) Efectuar la apertura diaria de la Casa de Día;
k) Llevar el registro de las Personas Beneficiarias, incluyendo lista de ingreso, bitácoras e incidencias;
l) Mantener actualizado el archivo de planos, permisos y especificaciones de construcción;
m) Registrar y archivar los documentos de control de gestión;
n) Administrar el inventario de mobiliario, equipo y materiales;
o) Garantizar la confidencialidad de los datos personales que obren en el expediente de la Persona Beneficiaria que serán resguardados en la Casa de Día, bajo la supervisión de Trabajo Social, y
p) Las demás que le sean encomendadas por sus superiores jerárquicos.
II. Del Personal de Enfermería:
a) Dar seguimiento diario a las Personas Beneficiarias al momento de su ingreso mediante la toma de signos vitales y observación médica;
b) Referir a las instancias de salud correspondientes a las Personas Beneficiarias que requieran atención médica especializada;
c) Desarrollar actividades grupales de educación para la salud, tales como pláticas y talleres orientados al fortalecimiento de la capacidad funcional;
d) Difundir las actividades de la prestación de Casa de Día;
e) Elaborar informes mensuales y trimestrales sobre las actividades realizadas conforme a sus funciones y remitirlos a la Persona Administradora;
f) Colaborar en los eventos programados por la Casa de Día, tales como cursos, talleres y actividades recreativas o de difusión;
g) Observar los reglamentos, instructivos y disposiciones vigentes, y
h) Cumplir con las demás funciones que le asignen sus superiores jerárquicos.
III. Del Personal de Trabajo Social:
a) Fungir como primer contacto de atención con las Personas Beneficiarias;
b) Aplicar el Diagnóstico de Trabajo Social y registrar los resultados conforme a la semaforización establecida en la Metodología;
c) Recomendar actividades grupales orientadas al fortalecimiento de la red social de las Personas Beneficiarias;
d) Diseñar, integrar y activar el Plan de Atención de cada Persona Beneficiaria, con base en la Valoración Inicial efectuada por el Equipo Interdisciplinario;
e) Coordinar con el Equipo Interdisciplinario la ejecución de las acciones de acompañamiento trimestral;
f) Desarrollar sesiones grupales trimestrales de acompañamiento, de acuerdo con la semaforización asignada;
g) Programar anualmente las evaluaciones del Equipo Interdisciplinario;
h) Realizar las valoraciones anuales conforme a lo establecido en los presentes Lineamientos;
i) Actualizar el Plan de Atención de acuerdo con los resultados de las evaluaciones anuales e integrar los resultados obtenidos de la evaluación anual;
j) Dar seguimiento a las Personas Beneficiarias que suspendan su asistencia, identificando las causas y actualizando su expediente;
k) Organizar eventos y actividades culturales o sociales que respondan a los intereses y necesidades de las Personas Beneficiarias;
l) Difundir las actividades de la prestación de Casa de Día;
m) Elaborar informes mensuales y trimestrales sobre las actividades realizadas conforme a sus funciones y remitirlos a la Persona Administradora, y
n) Cumplir con las demás funciones que le asignen sus superiores jerárquicos.
IV. Del Personal de Geriatría:
a) Coordinar con la Persona Trabajadora Social la programación de la Valoración Inicial dentro de los cinco días hábiles posteriores a la inscripción de la Persona Beneficiaria;
b) Aplicar el diagnóstico geriátrico y registrar los resultados conforme a la semaforización establecida en la Metodología;
c) Emitir la recomendación de referencia médica correspondiente, cuando los resultados del diagnóstico geriátrico indiquen que la Persona Beneficiaria no puede ser atendida en la Casa de Día;
d) Informar a la Persona Beneficiaria sobre los resultados de la Valoración Inicial, los cuales se remitirán al área de Trabajo Social para la elaboración del Plan de Atención;
e) Recomendar actividades grupales orientadas al fortalecimiento de la capacidad funcional de las Personas Beneficiarias;
f) Entregar al Personal de Trabajo Social los formatos y resultados de la Valoración Inicial para su integración al expediente y diseño del Plan de Atención;
g) Desarrollar sesiones grupales trimestrales de acompañamiento de acuerdo con la semaforización establecida en la Metodología;
h) Realizar las valoraciones anuales conforme a lo establecido en los presentes Lineamientos;
i) Difundir las actividades de la prestación de Casa de Día;
j) Elaborar informes mensuales y trimestrales sobre las actividades realizadas conforme a sus funciones y remitirlos a la Persona Administradora;
k) Actualizar el Plan de Atención de acuerdo con los resultados de evaluación anual, y
l) Cumplir con las demás funciones que le asignen sus superiores jerárquicos.
V. Del Personal de Gerontología:
a) Coordinar con la Persona Trabajadora Social la programación de citas para la Valoración Inicial dentro de los cinco días hábiles posteriores a la inscripción;
b) Aplicar el diagnóstico gerontológico o psicológico en dos sesiones, brindando contención emocional en caso de ser necesario;
c) Registrar los resultados de manera clara, utilizando la semaforización establecida en la Metodología;
d) Informar a la Persona Beneficiaria sobre los resultados de la Valoración Inicial y remitir al área de Trabajo Social para la elaboración del Plan de Atención;
e) Recomendar actividades grupales orientadas al fortalecimiento emocional de las Personas Beneficiarias;
f) Entregar al Personal de Trabajo Social los formatos y resultados de la Valoración Inicial para su integración al expediente y diseño del Plan de Atención;
g) Desarrollar sesiones grupales trimestrales de acompañamiento, de acuerdo con la semaforización asignada;
h) Realizar las valoraciones anuales conforme a lo establecido en este documento;
i) Actualizar el Plan de Atención de acuerdo con los resultados de evaluación anual;
j) Difundir las actividades de la prestación de Casa de Día;
k) Elaborar informes mensuales y trimestrales sobre las actividades realizadas conforme a sus funciones y remitirlos a la Persona Administradora, y
l) Cumplir con las demás funciones que le asignen sus superiores jerárquicos.
SECCIÓN SEGUNDA
DE LAS SANCIONES DEL PERSONAL Y EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE LA CASA DE DÍA
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
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