Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Lineamientos Generales para la operación de la Casa de Día del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales… · Titulo IV — DE LAS OBLIGACIONES Y SANCIONES AL PERSONAL DE CASA DE DÍA · Seccion PRIMERA — DE LAS OBLIGACIONES DEL PERSONAL

Artículo 37

Ordenamiento: Lineamientos Generales para la operación de la Casa de Día del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Artículo 37. La Plantilla de Personal que presta sus servicios en la Casa de Día deberá desempeñar sus funciones con apego a los presentes Lineamientos, al reglamento interno ya las disposiciones administrativas aplicables.

Son obligaciones de la Plantilla de Personal las siguientes:

I.     De la Persona Administradora de la Casa de Día:

a)   Participar, en representación de la Casa de Día, ante diversos organismos públicos y privados, en aquellos asuntos que le competen a ésta;

b)   Coordinar y supervisar el cumplimiento de las funciones encomendadas al personal adscrito;

c)   Asegurar el funcionamiento adecuado de las instalaciones, infraestructura y equipamiento, así como reportar de inmediato cualquier falla o riesgo al Departamento;

d)   Gestionar ante el Departamento los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para la operación de la Casa de Día;

e)   Verificar el cumplimiento de los objetivos, metas y programas establecidos;

f)    Llevar a cabo reuniones periódicas con el personal para la planeación, seguimiento y evaluación de las actividades;

g)   Elaborar y autorizar los informes, registros y reportes que deban remitirse a las instancias superiores de forma mensual y trimestral;

h)   Atender y resolver, en primera instancia, las quejas, sugerencias o comentarios de las Personas Beneficiarias, así como remitirlas al Departamento cuando excedan su competencia, de conformidad al proceso que se emita para tal efecto;

i)    Mantener actualizado el directorio de instituciones de apoyo, coordinación o colaboración para la Persona Beneficiaria;

j)    Efectuar la apertura diaria de la Casa de Día;

k)   Llevar el registro de las Personas Beneficiarias, incluyendo lista de ingreso, bitácoras e incidencias;

l)    Mantener actualizado el archivo de planos, permisos y especificaciones de construcción;

m)  Registrar y archivar los documentos de control de gestión;

n)   Administrar el inventario de mobiliario, equipo y materiales;

o)   Garantizar la confidencialidad de los datos personales que obren en el expediente de la Persona Beneficiaria que serán resguardados en la Casa de Día, bajo la supervisión de Trabajo Social, y

p)   Las demás que le sean encomendadas por sus superiores jerárquicos.

II.     Del Personal de Enfermería:

a)   Dar seguimiento diario a las Personas Beneficiarias al momento de su ingreso mediante la toma de signos vitales y observación médica;

b)   Referir a las instancias de salud correspondientes a las Personas Beneficiarias que requieran atención médica especializada;

c)   Desarrollar actividades grupales de educación para la salud, tales como pláticas y talleres orientados al fortalecimiento de la capacidad funcional;

d)   Difundir las actividades de la prestación de Casa de Día;

e)   Elaborar informes mensuales y trimestrales sobre las actividades realizadas conforme a sus funciones y remitirlos a la Persona Administradora;

f)    Colaborar en los eventos programados por la Casa de Día, tales como cursos, talleres y actividades recreativas o de difusión;

g)   Observar los reglamentos, instructivos y disposiciones vigentes, y

h)   Cumplir con las demás funciones que le asignen sus superiores jerárquicos.

III.    Del Personal de Trabajo Social:

a)   Fungir como primer contacto de atención con las Personas Beneficiarias;

b)   Aplicar el Diagnóstico de Trabajo Social y registrar los resultados conforme a la semaforización establecida en la Metodología;

c)   Recomendar actividades grupales orientadas al fortalecimiento de la red social de las Personas Beneficiarias;

d)   Diseñar, integrar y activar el Plan de Atención de cada Persona Beneficiaria, con base en la Valoración Inicial efectuada por el Equipo Interdisciplinario;

e)   Coordinar con el Equipo Interdisciplinario la ejecución de las acciones de acompañamiento trimestral;

f)    Desarrollar sesiones grupales trimestrales de acompañamiento, de acuerdo con la semaforización asignada;

g)   Programar anualmente las evaluaciones del Equipo Interdisciplinario;

h)   Realizar las valoraciones anuales conforme a lo establecido en los presentes Lineamientos;

i)    Actualizar el Plan de Atención de acuerdo con los resultados de las evaluaciones anuales e integrar los resultados obtenidos de la evaluación anual;

j)    Dar seguimiento a las Personas Beneficiarias que suspendan su asistencia, identificando las causas y actualizando su expediente;

k)   Organizar eventos y actividades culturales o sociales que respondan a los intereses y necesidades de las Personas Beneficiarias;

l)    Difundir las actividades de la prestación de Casa de Día;

m)  Elaborar informes mensuales y trimestrales sobre las actividades realizadas conforme a sus funciones y remitirlos a la Persona Administradora, y

n)   Cumplir con las demás funciones que le asignen sus superiores jerárquicos.

IV.   Del Personal de Geriatría:

a)   Coordinar con la Persona Trabajadora Social la programación de la Valoración Inicial dentro de los cinco días hábiles posteriores a la inscripción de la Persona Beneficiaria;

b)   Aplicar el diagnóstico geriátrico y registrar los resultados conforme a la semaforización establecida en la Metodología;

c)   Emitir la recomendación de referencia médica correspondiente, cuando los resultados del diagnóstico geriátrico indiquen que la Persona Beneficiaria no puede ser atendida en la Casa de Día;

d)   Informar a la Persona Beneficiaria sobre los resultados de la Valoración Inicial, los cuales se remitirán al área de Trabajo Social para la elaboración del Plan de Atención;

e)   Recomendar actividades grupales orientadas al fortalecimiento de la capacidad funcional de las Personas Beneficiarias;

f)    Entregar al Personal de Trabajo Social los formatos y resultados de la Valoración Inicial para su integración al expediente y diseño del Plan de Atención;

g)   Desarrollar sesiones grupales trimestrales de acompañamiento de acuerdo con la semaforización establecida en la Metodología;

h)   Realizar las valoraciones anuales conforme a lo establecido en los presentes Lineamientos;

i)    Difundir las actividades de la prestación de Casa de Día;

j)    Elaborar informes mensuales y trimestrales sobre las actividades realizadas conforme a sus funciones y remitirlos a la Persona Administradora;

k)   Actualizar el Plan de Atención de acuerdo con los resultados de evaluación anual, y

l)    Cumplir con las demás funciones que le asignen sus superiores jerárquicos.

V.    Del Personal de Gerontología:

a)   Coordinar con la Persona Trabajadora Social la programación de citas para la Valoración Inicial dentro de los cinco días hábiles posteriores a la inscripción;

b)   Aplicar el diagnóstico gerontológico o psicológico en dos sesiones, brindando contención emocional en caso de ser necesario;

c)   Registrar los resultados de manera clara, utilizando la semaforización establecida en la Metodología;

d)   Informar a la Persona Beneficiaria sobre los resultados de la Valoración Inicial y remitir al área de Trabajo Social para la elaboración del Plan de Atención;

e)   Recomendar actividades grupales orientadas al fortalecimiento emocional de las Personas Beneficiarias;

f)    Entregar al Personal de Trabajo Social los formatos y resultados de la Valoración Inicial para su integración al expediente y diseño del Plan de Atención;

g)   Desarrollar sesiones grupales trimestrales de acompañamiento, de acuerdo con la semaforización asignada;

h)   Realizar las valoraciones anuales conforme a lo establecido en este documento;

i)    Actualizar el Plan de Atención de acuerdo con los resultados de evaluación anual;

j)    Difundir las actividades de la prestación de Casa de Día;

k)   Elaborar informes mensuales y trimestrales sobre las actividades realizadas conforme a sus funciones y remitirlos a la Persona Administradora, y

l)    Cumplir con las demás funciones que le asignen sus superiores jerárquicos.

SECCIÓN SEGUNDA

DE LAS SANCIONES DEL PERSONAL Y EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE LA CASA DE DÍA

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 36Índice de la leyArt. 38 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis