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Modo: Corpus Pro

Reglamento de Adopción de Menores para el Estado de Morelos

Artículo 63 Complemento

Ordenamiento: Reglamento de Adopción de Menores para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 29 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

La falta de com parecencia a los citatorios o de localización a los solicitantes, se

acreditará mediante nota informativa y documentos relacionados.

En caso de baja del expediente, de ser posible, se entregará la documentación

recibida, previo acuse de recibo de los solicitantes.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto del artículo derogado (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

La falta de com parecencia a los citatorios o de localización a los solicitantes, se

acreditará mediante nota informativa y documentos relacionados.

En caso de baja del expediente, de ser posible, se entregará la documentación

recibida, previo acuse de recibo de los solicitantes.

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