Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Titulo CUARTO — Del Ejercicio del Gasto Público Federal · Capitulo XII — De los Subsidios, las Transferencias y los Programas Sujetos a Reglas de Operación · Seccion III — De los subsidios
Artículo 175 Ter
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 175 Ter.- Para formalizar el otorgamiento de los recursos indicados en el artículo anterior, deberá celebrarse un convenio conforme al modelo que para tal efecto sea difundido en la página de Internet de la Secretaría, en el cual se establecerán al menos, las previsiones siguientes:
I. El programa de trabajo y los plazos que deberán observar los sujetos de apoyo indicados en el artículo anterior, para la aplicación de los recursos, así como para el cumplimiento del objeto que se establezca en dicho instrumento;
II. La obligación para los beneficiarios de sujetarse a los mecanismos de registro, transparencia y rendición de cuentas de los recursos otorgados, en términos de las disposiciones aplicables; así como de proporcionar a las instancias fiscalizadoras federales la información que permita la vigilancia y fiscalización de los recursos públicos, y permitir las facilidades necesarias para la realización de auditorías y visitas de inspección respecto del ejercicio de dichos recursos;
III. La obligación de que invariablemente los recursos públicos federales deberán mantenerse plenamente identificados en una cuenta bancaria específica para tal efecto, y
IV. La obligación de facilitar a las dependencias y entidades, la información que sea requerida para la integración de los informes trimestrales y la Cuenta Pública, respecto del ejercicio de los recursos otorgados.
Artículo adicionado DOF 31-10-2014
SECCIÓN IV
De los programas sujetos a reglas de operación
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN. DE LAS DENUNCIAS QUE FORMULE CONTRA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ALGUNA ENTIDAD FEDERATIVA EN EL MANEJO Y DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES TRANS (I.6o.P.114 P (10a.))
- INFONAVIT. EL ESTADO DE CUENTA DEL FONDO DE AHORRO DEL DERECHOHABIENTE, CERTIFICADO POR EL GERENTE DE SERVICIOS LEGALES DEL INSTITUTO, ES IDÓNEO PARA ACREDITAR LAS APORTACIONES PAT (I.13o.T.82 L)
- SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, FACULTADES DE LA, EN RELACION CON LOS CONTRATOS CELEBRADOS A NOMBRE DEL ESTADO. (s/clave)
- PRESCRIPCION DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DETERMINADA AL TRAVES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE REVISION DE LA CUENTA PUBLICA. LE SON APLICAB (s/clave)
- PRESCRIPCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 120 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS ABROGADA. ES APLICABLE AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL ESTABLECIDO EN EL DIVERSO 95 DE LA PROPIA LE (2a./J. 52/2016 (10a.))
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