Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Titulo TERCERO — De la Programación, Presupuesto y Aprobación · Capitulo I — De la Programación y Presupuesto del Gasto Público · Seccion XIII — De la formulación e integración del proyecto de Presupuesto de Egresos
Artículo 59 Bis
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 59 Bis. La Secretaría incluirá en el proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos, la propuesta de meta de balance financiero y de techo de servicios personales de las empresas productivas del Estado, incluyendo sus respectivas empresas productivas subsidiarias, en los términos de lo dispuesto en las respectivas leyes de su creación.
Asimismo, en los términos de dichas disposiciones, la Secretaría incluirá en el proyecto de Presupuesto de Egresos, el respectivo proyecto de presupuesto consolidado de dichas empresas productivas del Estado.
Artículo adicionado DOF 31-10-2014
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TRABAJADORES DEL ESTADO, SUPRESION DE PUESTOS DE BASE DE LOS. (s/clave)
- BONO DE DESPENSA Y PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE. LOS PENSIONADOS CONFORME A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO NO TIENEN DERECHO AL (2a./J. 13/2017 (10a.))
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SUPRESION DE PLAZAS EN EL PRESUPUESTO. CUANDO SE GENERA EL DERECHO DEL SINDICATO PARA DESIGNAR AFECTADOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. REDUCCION DE EMPLEOS EN EL PRESUPUESTO. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, EMOLUMENTOS POR LAS COMISIONES QUE DESEMPEÑAN. (s/clave)
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