Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal · Capitulo SEGUNDO — DE LA ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA
Artículo 5
Vigencia verificada: 30 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 5. Para el despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría
contará con las Unidades Administrativas siguientes:
I. La Oficina de la persona titular de la Secretaría;
II. La Secretaría Técnica;
III. La Subsecretaría Anticorrupción;
IV. La Subsecretaría de Buen Gobierno;
V. La Dirección General de Auditoría Gubernamental;
VI. La Dirección General de Participación Social y Evaluación de la Gestión
Pública;
VII. La Dirección General de Buen Gobierno;
VIII. La Dirección General de Quejas, Denuncias e Investigaciones;
IX. La Dirección General de Responsabilidades;
X. La UEJ;
XI. La UEFA;
XII. La Unidad de Investigación de la Administración Pública Paraestatal, y
XIII. Los Órganos Desconcentrados adscritos a la Secretaría.
Expidió Poder Ejecutivo del Estado de Morelos
La estructura orgánica de la Secretaría estará integrada por las Unidades
Administrativas, el personal técnico y administrativo que se requiera para el
ejercicio de sus atribuciones, que conforme a la suficiencia presupuestal y previo
dictamen funcional correspondiente, se señalen en este Reglamento, los
Manuales Administrativos y en las disposiciones aplicables. El nivel y categoría
será determinado por la Secretaría de Administración y Finanzas.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMISIÓN DE MAGISTRADOS NOMBRADA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MORELOS PARA EJERCER LAS ATRIBUCIONES ANTES ENCOMENDADAS AL EXTINTO CONSEJO DE LA JUDI (PC.XVIII.P.A. J/8 A (10a.))
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA, DESCENTRALIZADA Y DE LOS MUNICIPIOS. LAS FACULTADES PARA SUSTANCIAR LOS PROCEDIMIENTOS (127)
- REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO. NO SUSTITUYE A LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA, DESCENTRALIZADA Y DE LOS MUNICIPIOS. LAS FACULTADES PARA SUSTANCIAR LOS PROCEDIMIENTOS (P./J. 67/2001)
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA, DESCENTRALIZADA Y DE LOS MUNICIPIOS. LAS FACULTADES PARA SUSTANCIAR LOS PROCEDIMIENTOS (249)
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