Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal
Artículo 30 (Parte 3)
Vigencia verificada: 11 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
relativos a la contratación de especi alistas que evalúen Programas y Proyectos
de Inversión, con apego a la Normativa;
IV. Evaluar y, en su caso, aprobar los Programas y Proyectos de Inversión y sus
modificaciones en sus diferentes vertientes, de acuerdo con las políticas y
lineamientos esta blecidos para su incorporación a la Cartera de Programas y
Proyectos para que sean susceptibles de programación y presupuesto por la
Subsecretaría de Egresos;
V. Integrar, administrar, controlar y mantener actualizada la Cartera de
Programas y Proyectos d e Inversión del Gobierno del Estado con base en la
evaluación, información y prioridades que presente la Administración Pública
Estatal, los Municipios y los Organismos Autónomos;
VI. Registrar, suspender, revocar la suspensión y cancelar el registro en la
cartera, de los Programas y Proyectos de Inversión, con base en la Normativa y
en concordancia con los objetivos, prioridades y estrategias de los Planes
Nacional y Estatal de Desarrollo, respectivamente;
VII. Analizar y dar seguimiento a los reportes tr imestrales de avance físico y
financiero de los proyectos de inversión pública en infraestructura y
equipamiento registrados por las Secretarías, Dependencias y la Administración
Pública Paraestatal ejecutoras en el Poder Ejecutivo del Estado de Morelos,
que cuenten con clave de cartera y presupuesto asignado en el Sistema de
Cartera Estatal de Programas y Proyectos de Inversión y Sistema de Gestión
Financiera, respectivamente;
VIII. Analizar, validar y tramitar las propuestas de obras y acciones de los
programas de Inversión Pública y proponer la autorización y aprobación de los
recursos respectivos;
IX. Coordinar y supervisar el seguimiento a los avances físicos y financieros de
las obras y acciones insertas en los programas y proyectos de inversión de las
Secretarías, Dependencias y Entidades, así como de los Municipios y los
Organismos Públicos Autónomos;
X. Prestar la asesoría que le soliciten las unidades de la Administración Pública
Estatal, los Municipios y los Organismos Públicos Autónomos, respect o de los
lineamientos y criterios sobre inversión;
XI. Administrar, en coordinación con las Unidades Administrativas, los sistemas
de información en materia de proyectos de inversión que requieran para el
cumplimiento de sus atribuciones;
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MULTAS FISCALES. EL SUBSECRETARIO DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO ESTATAL, DE CONFORMIDAD CON EL ABROGADO REGLAMENTO INTERIOR QUE REGÍA A ESA DEP (I.7o.A.484 A)
- RESPONSABILIDAD DE TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN EL MANEJO DE RECURSOS DEL ERARIO ESTATAL. SU FISCALIZACIÓN Y FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ES COMPETENCIA DEL CONGRESO LOCAL (128)
- JUICIO POLÍTICO. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS ES SUJETO DE RESPONSABILIDAD OFICIAL, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN DE ESA ENTIDAD, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍC (156)
- JUICIO POLÍTICO. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS ES SUJETO DE RESPONSABILIDAD OFICIAL, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN DE ESA ENTIDAD, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍC (188)
- JUICIO POLÍTICO. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MORELOS ES SUJETO DE RESPONSABILIDAD OFICIAL, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN DE ESA ENTIDAD, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍC (P./J. 2/2000 )
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