Reglamento interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo Estatal
Artículo 23
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 23. Forman parte de la Secretaría los siguientes órganos
desconcentrados:
I. Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos, y
II. Comisión Estatal de Biodiversidad.
Dichos órganos tendrán la estructura, competencia y se sujetarán a los
ordenamientos específicos que los regulen y al presente Reglamento en lo que
resulte aplicable.
CAPÍTULO SEXTO
DE LAS AUSENCIAS
SECCIÓN PRIMERA
DE LAS SUPLENCIAS
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)
Forman parte de la Secretaría los siguientes órganos desconcentrados: I. Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos, y II. Comisión Estatal de Biodiversidad. Dichos órganos tendrán la estructura, competencia y se sujetarán a los ordenamientos específicos que los regulen y al presente Reglamento en lo que resulte aplicable.
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