Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo del Poder Ejecutivo Estatal
Artículo 27
Vigencia verificada: 29 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Cuando por cualquier motivo, alguna Unidad Administrativa carezca
de Titular, la Persona Titular de la Secretaría podrá encomendarle las funciones
propias del cargo a la persona servidora pública que determine, misma que sin
dejar de desempeñar su cargo original será designada como Encargada del
Despacho de la Unidad Administrativa que se encuentre sin Titular, hasta en tanto
realice la designación definitiva, desempeñando legalmente las atribuciones que
originalmente corresponderían a la Persona Titular de la Unidad Administrativa de
que se trate.
Artículo 28.
Fuente oficial: consultar publicación
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