Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
Artículo 136
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 136. La unidad, realizará las siguientes funciones:
I. Las contenidas en el artículo 27 de la LTAIPEM;
II. Asistir, en su caso, a los cursos de capacitación que promueva el IMIPE; y,
III. Las demás que le encomiende la o el presidente del Tribunal, el comité, este
reglamento y demás ordenamientos aplicables en la materia.
SECCIÓN 2ª
COMITÉ DE TRANSPARENCIA
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)
La unidad, realizará las siguientes funciones: I. Las contenidas en el artículo 27 de la LTAIPEM; II. Asistir, en su caso, a los cursos de capacitación que promueva el IMIPE; y, III. Las demás que le encomiende la o el presidente del Tribunal, el comité, este reglamento y demás ordenamientos aplicables en la materia.
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