TESTIGOS.
Si convienen en la sustancia y no en los accidentes, su dicho merece fe.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2928/21. Valdés Evaristo. 20 de marzo de 1926. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Francisco M. Ramírez, Gustavo A. Vicencio y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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