AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. NOTAS DISTINTIVAS.
Clave: 479 · Registro digital (IUS): 1002545 ·
Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala ·
Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; 2a. Sala; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Primera Parte - SCJN Cuarta Sección - Partes en el juicio de amparo; Pág. 520
Las notas que distinguen a una autoridad para efectos del juicio de amparo son las siguientes: a) La existencia de un ente de hecho o de derecho que establece una relación de supra a subordinación con un particular; b) Que esa relación tenga su nacimiento en la ley, lo que dota al ente de una facultad administrativa, cuyo ejercicio es irrenunciable, al ser pública la fuente de esa potestad; c) Que con motivo de esa relación emita actos unilaterales a través de los cuales cree, modifique o extinga por sí o ante sí, situaciones jurídicas que afecten la esfera legal del particular; y, d) Que para emitir esos actos no requiera acudir a los órganos judiciales ni precise del consenso de la voluntad del afectado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1002545-8e3aceda/autoridad-para-los-efectos-del-juicio-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Contradicción de tesis 76/99-SS.—Entre las sustentadas por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, actualmente Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito.—28 de septiembre de 2001.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.—Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán.—Secretaria: Claudia Mendoza Polanco.
Contradicción de tesis 2/2005-SS.—Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Décimo y Segundo, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito.—18 de marzo de 2005.—Mayoría de cuatro votos.—Disidente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.—Ponente: Juan Díaz Romero.—Secretario: Israel Flores Rodríguez.
Contradicción de tesis 116/2005-SS.—Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito (antes Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito) y Segundo en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito (antes Cuarto Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito).—24 de agosto de 2005.—Cinco votos.—Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.—Secretario: Alberto Miguel Ruiz Matías.
Contradicción de tesis 212/2006-SS.—Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito y el entonces Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, actualmente Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito.—28 de febrero de 2007.—Mayoría de cuatro votos.—Disidente: Genaro David Góngora Pimentel.—Ponente: Mariano Azuela Güitrón.—Secretario: José Eduardo Alvarado Ramírez.
Contradicción de tesis 253/2011.—Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco (antes Primer Tribunal Colegiado Auxiliar de la misma región) y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito.—17 de agosto de 2011.—Cinco votos.—Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.—Secretaria: Amalia Tecona Silva.
Tesis de jurisprudencia 164/2011.—Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del siete de septiembre de dos mil once.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, septiembre de 2011, página 1089, Segunda Sala, tesis 2a./J. 164/2011; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, noviembre de 2001, página 104; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, junio de 2005, página 335; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, octubre de 2005, página 1245; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, abril de 2007, página 645; y véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación
Jurisprudencia relacionada
·