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CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES.

Clave: 1803 · Registro digital (IUS): 1003682 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Segunda Sección - Improcedencia y sobreseimiento; Pág. 2053

Cuando en una ejecutoria no se da plenitud de jurisdicción a la autoridad responsable, sino que se le constriñe a resolver en determinado sentido, es claro que dicha responsable no resolvió con jurisdicción propia, sino en acatamiento a la sentencia de amparo, por lo que los conceptos de violación que en su contra se vierten son inoperantes, pues con ellos se trata de combatir las consideraciones del órgano de control de constitucionalidad, que son decisiones inmodificadas, atento la firmeza que impera por surgir de una potestad federal.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1003682-9f87d019/conceptos-de-violacion-inoperantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 189/2001.—Lucía Orueta Castellanos.—23 de abril de 2001.—Unanimidad de votos.—Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar.—Secretaria: Nora Esther Padrón Nares. Amparo directo 765/2001.—Instituto Mexicano del Seguro Social.—28 de febrero de 2002.—Unanimidad de votos.—Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar.—Secretaria: Nora Esther Padrón Nares. Amparo directo 890/2001.—18 de marzo de 2002.—Unanimidad de votos.—Ponente: Fidelia Camacho Rivera, secretaria de tribunal autorizada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada.—Secretario: Isaías Corona Coronado. Amparo directo 804/2001.—Roselia Linares Abad.—18 de marzo de 2002.—Unanimidad de votos.—Ponente: Fidelia Camacho Rivera, secretaria de tribunal autorizada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada.—Secretario: Isaías Corona Coronado. Amparo directo 112/2002.—Vinicio Javier García Vique.—18 de marzo de 2002.—Unanimidad de votos.—Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar.—Secretaria: Nora Esther Padrón Nares. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, abril de 2002, página 1019, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis X.3o. J/3; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, abril de 2002, página 1020.

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