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JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA O DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. SU INVOCACIÓN POR LAS PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO.

Clave: 2501 · Registro digital (IUS): 1004310 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Décima Cuarta Sección - Jurisprudencia; Pág. 2948

Cuando las partes invoquen en el juicio de amparo la jurisprudencia del Pleno o de las Salas de la Suprema Corte de Justicia o de los Tribunales Colegiados de Circuito, lo harán por escrito, expresando el número y órgano jurisdiccional que la integró y el rubro y tesis de aquélla, de conformidad con el artículo 196 de la Ley de Amparo, por lo que si la quejosa no cumple con dichos requisitos, el Tribunal Colegiado se encuentra legalmente impedido para determinar si se ha violado o no, en su perjuicio, por el a quo el criterio que aquélla sostiene.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004310-cb0a609b/jurisprudencia-de-la-suprema-corte-de-justicia-o · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Recurso de revisión 247/89.—Nancy J. Muñoz Castañeda.—15 de agosto de 1989.—Unanimidad de votos.—Ponente: Gustavo Calvillo Rangel.—Secretario: Jorge Alberto González Álvarez. Amparo directo 64/90.—Primo Rosas.—21 de febrero de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Galván Rojas.—Secretario: Armando Cortés Galván. Amparo directo 199/90.—Primo Rosas.—30 de mayo de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Galván Rojas.—Secretario: Vicente Martínez Sánchez. Amparo directo 235/90.—Primo Rosas.—20 de junio de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: Arnoldo Nájera Virgen.—Secretario: Guillermo Báez Pérez. Recurso de revisión 172/90.—Martha Madera Martínez de Vázquez.—19 de marzo de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Galván Rojas.—Secretario: Vicente Martínez Sánchez. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VII, mayo de 1991, página 101, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.2o. J/121. Apéndice 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 467, tesis 528.

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