Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRENDAMIENTO. LANZAMIENTO, AUTO QUE DECRETA EL, PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO EN SU CONTRA [TESIS HISTÓRICA].

Clave: 222 (H) · Registro digital (IUS): 1004540 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Tercera Parte - Históricas Segunda Sección - TCC; Pág. 3212

El auto por el que se ordena la ejecución de la sentencia definitiva, y que ordena se ponga a la actora en posesión material del inmueble arrendado, procediéndose en su caso, al lanzamiento del demandado, el que sólo podrá llevarse a cabo treinta días después de que ese auto quede notificado personalmente, incuestionablemente resulta el último pronunciado en el procedimiento de ejecución, ya que después de ese proveído sólo queda su cumplimiento razón por la cual, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 114, fracción III, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, en su contra procede el amparo indirecto.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004540-fd34b7b9/arrendamiento-lanzamiento-auto-que-decreta-el-procede-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 658/90.—Gloria Vivero Santa Olalla.—3 de agosto de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Becerra Santiago.—Secretario: Miguel Vélez Martínez. Amparo en revisión 833/90.—Félix Orea Rodríguez.—16 de agosto de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Becerra Santiago.—Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas. Amparo en revisión 958/90.—Marielle Aurora Bello Chapa.—20 de septiembre de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Becerra Santiago.—Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas. Amparo en revisión 1651/90.—Yolanda Sánchez de Hernández González—24 de enero de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Becerra Santiago.—Secretario: Gustavo Sosa Ortiz. Amparo en revisión 297/91.—José de Jesús Guel Díaz de León.—4 de abril de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera.—Secretario: Vicente C. Banderas Trigos. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VIII, noviembre de 1991, página 99, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.3o.C. J/16. Apéndice 1917-2000, Tomo IV, Materia Civil, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 408, tesis 470. Nota: Histórica al haber sido interrumpida por la tesis I.3o.C. J/21, de rubro: "ORDEN DE LANZAMIENTO CONTRA DEMANDADO QUE FUE OIDO EN JUICIO. NO ES LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN DICTADA EN EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN."

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